15/02/2023
El número de emigrantes chilenos ha aumentado en los últimos años, lo que ha llevado al gobierno a realizar una encuesta para censar a quienes han emigrado por diversos motivos. La mayoría de los chilenos que emigraron lo hacen por razones económicas (40,1 %), seguido por motivos familiares (30,8 %) y otros como el deseo de mejorar sus oportunidades (12,1 %).
La integración de los migrantes en Chile es un tema complejo y controvertido ya que existe un patrón discriminatorio hacia el trabajador inmigrante debido al modelo de desigualdad socioeconómica existente en el país. Esto se ve reflejado en la legislación chilena, que actúa reaccionando a los fenómenos migratorios sin tener en cuenta las necesidades reales de los migrantes en Chile. El debate sobre la integración coincide con la necesidad de contar con una nueva legislación acorde a los convenios internacionales suscritos.
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Las familias chilenas migrantes llegan al país después de un largo viaje en condiciones precarias y necesitan apoyo para integrarse. Las primeras urgencias son el acceso a servicios básicos como salud, educación y vivienda adecuada. Es importante acercarse a las comunidades locales para apoyarlas en los procesos de acogida e integración con el objetivo de fortalecerlas para promover la inclusión social.
La Nueva Ley de Migración y Extranjería (Ley 21325) promulgada el 11 de abril de 2021, reemplaza a la Ley de Extranjería de 1975. Esta ley establece los deberes y las obligaciones de los migrantes chilenos que arriban al país permitiendo una migración segura, regular y responsable.
La ley también establece las categorías migratorias, los requisitos para solicitar una visa en un consulado chileno antes de ingresar al país y otros aspectos relevantes como el cambio de categoría migratoria y expulsión de las personas.
Artículo 126.- Expulsión del territorio. La expulsión es la medida impuesta por la autoridad competente consistente en decretar la salida forzada del país del extranjero que incurriere en alguna de las causales previstas en la ley para su procedencia.
La medida de expulsión puede ser decretada por resolución fundada de la autoridad administrativa correspondiente, o por el tribunal con competencia penal, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y, en especial, con lo dispuesto en la ley Nº 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.
Artículo 127.- Causales de expulsión en caso de permanencia transitoria. Son causales de expulsión del país para los titulares de un permiso de permanencia transitoria y para aquellos que carezcan de un permiso que los habilite para residir legalmente en el país, exceptuando los casos señalados en el inciso séptimo del artículo 131, los que se regirán por dicha norma, las siguientes:
Fuente:
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1158549
https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/91505-nueva-ley-de-migraciones
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